Curso de Diseño 2d y 3d (Iniciación)
60 horas.
Lugar: BSAsolutions Centro de Formación.
Alcañiz.Preinscripciones, en UGT (Avd Aragón)
Comienzo el 23 de Noviembre.
Prevención de Riesgos Laborales.
20 horas (Solo Mujeres).
Lugar: BSAsolutions
Centro de Formación.Alcañiz.
Preinscripciones en el 978834176.
Comienzo el 18 de Noviembre.
CENTRO DE FORMACIÓNInternet y Servicios de Formación Bajo Aragón S.L.CENTRO COLABORADOR DEL GOBIERNO DE ARAGÓN 025/01 Ctra Zaragoza 121 Fase 2 - Plta 1ª - Nº 1544600 - Alcañiz (Teruel)cartas@sector-bajoaragon.com - www.bsasolutions.es 978834176 - 656715151
martes, 17 de noviembre de 2009
TIPOS DE AYUDA PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/BOAE/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=457426563535
TIPOS DE AYUDA PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES
SECTOR INDUSTRIA
MEDIDA 1. AUDITORÍAS ENERGÉTICAS
- Auditorías energéticas
Promover la realización de auditorías energéticas en sectores industriales.
Beneficiarios: empresas incluidas el sector industrial manufacturero excluyendo las ramas de actividad del sector transformación de la energía.
MEDIDA 2. PROGRAMA DE AYUDAS PÚBLICAS
Facilitar la viabilidad económica de las inversiones en el sector industria, en ahorro de energía.
SECTOR TRANSPORTE
MEDIDA 1. PLANES DE MOVILIDAD URBANA (PMUS)
Actuar sobre la movilidad urbana para conseguir cambios en el reparto modal, con mayor participación de los medios más eficientes de transporte.
Las actuaciones son:
- planes de movilidad urbana sostenible
- promoción de transporte urbano en bicicleta
- estudios de viabilidad de actuaciones relacionadas con los Pmus
- experiencias piloto de creación de redes de punto de recarga de vehículos electrónicas
Estas actuaciones podrán ser gestionadas por medio de Ayuntamientos o de la autoridad de transporte público correspondiente.
MEDIDA 2. PLANES DE TRANSPORTE PARA EMPRESAS
Actuar sobre la movilidad de los trabjadores a su puesto de trabajao, con mayor participación de los medios más eficientes de transporte.
Estudios para realizar Plan de Transporte a una empresa o centro de actividad industria, centros educativos o sanitarios, etc…
Beneficiarios: corporaciones locales, otras administraciones, empresas de más de 200 trabajadores, o bien la suma de ellas en un mismo emplazamiento.
MEDIDA 3. GESTIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE POR CARRETERA
Mejorar la gestiónd e las flotas de transporte para conseguir reducir los consumos de energía por viajero o tonelada transportada.
MEDIDA 4. RENOVACIÓND EL PARQUE AUTOMOVILÍSTICO DE VEHÍCULOS
Modernización del parque de turismos y vehículos comerciales de menos de 3500 kg de MMA.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
MEDIDA 5. RENOVACIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE
Modernización del parque de vehículos industriales relacionados con el transporte en carretera y del material móvil vinculado a tareas de transporte…
SECTOR EDIFICACIÓN
MEDIDA 1. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE LA ENVOLVENTE TÉRMICA DE LOS EDIFICIOS EXISTENTES.
Reducir la demanda energética en calefacción y refrigeración de los edificios existentes mediante la rehabilitación energética.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
MEDIDA 2. MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DE LOS EDIFICIOS EXISTENTES.
Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas de calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria de los edificios existentes.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
MEDIDA 3. MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN EN LOS EDIFICIOS EXISTENTES.
Reducir EL CONSUMO DE energía de las instalaciones de iluminación interior existentes.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
SECTOR SERVICIOS PÚBLICOS
MEDIDA 1. RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR EXISTENTES.
MEDIDA 2. ESTUDIOS, ANÁLISIS DE VIABILIDAD Y AUDITORÍAS EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR EXISTENTES.
MEDIDA 3. MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES ACTUALES DE POTABILIZACIÓN, ABASTECIMIENTO, DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y DESALACIÓN.
SECTOR AGRICULTURA Y PESCA
MEDIDA 1. IMPULSO PARA LA MIGRACIÓN DE SISTEMAS DE RIEGO POR ASPERSIÓN O GRAVEDAD A SISTEMAS DE RIEGO LOCALIZADO.
MEDIDA 2. REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS ENERGÉTICAS Y PLANES DE ACTUACIÓN DE MEJORAS EN EXPLOTACIONES AGRARIAS.
SECTOR TRANSFORMACIÓN DE LA ENERGÍA
MEDIDA 1. ESTUDIOS DE VIABILIDAD PARA COGENERACIONES
MEDIDA 2. AUDITORÍAS ENERGÉTICAS EN COGENERACIÓN.
MEDIDA 3. DESARROLLO POTENCIAL COGENERACIÓN. AYUDAS PÚBLICAS COGENERACIONES NO INDUSTRIALES.
MEDIDA 4. FOMENTO DE PLANTAS DE COGENERACIÓN DE PEQUEÑA POTENCIA.
PROGRAMA DE FOMENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES:
- ÁREA BIOMASA TÉRMICA
- ÁREA SOLAR TÉRMICA DE BAJA TEMPERATURA
- ÁREA SOLAR FOTOVOLTAICA O MIXTA EÓLICA-FOTOVOLTAICA AISLADA
- PEQUAÑAS INSTALACIONES PARA OBTENCIÓN Y APROVECHAMIENTO DE BIOGÁS
- ÁREA EQUIPOS DE TRATAMIENTO EN CAMPO DE BIOMASA
- SURTIDORES PARA BIOCARBURANTES
- GEOTERMIA
TIPOS DE AYUDA PARA EL USO EFICIENTE DE LA ENERGÍA Y EL APROVECHAMIENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES
SECTOR INDUSTRIA
MEDIDA 1. AUDITORÍAS ENERGÉTICAS
- Auditorías energéticas
Promover la realización de auditorías energéticas en sectores industriales.
Beneficiarios: empresas incluidas el sector industrial manufacturero excluyendo las ramas de actividad del sector transformación de la energía.
MEDIDA 2. PROGRAMA DE AYUDAS PÚBLICAS
Facilitar la viabilidad económica de las inversiones en el sector industria, en ahorro de energía.
SECTOR TRANSPORTE
MEDIDA 1. PLANES DE MOVILIDAD URBANA (PMUS)
Actuar sobre la movilidad urbana para conseguir cambios en el reparto modal, con mayor participación de los medios más eficientes de transporte.
Las actuaciones son:
- planes de movilidad urbana sostenible
- promoción de transporte urbano en bicicleta
- estudios de viabilidad de actuaciones relacionadas con los Pmus
- experiencias piloto de creación de redes de punto de recarga de vehículos electrónicas
Estas actuaciones podrán ser gestionadas por medio de Ayuntamientos o de la autoridad de transporte público correspondiente.
MEDIDA 2. PLANES DE TRANSPORTE PARA EMPRESAS
Actuar sobre la movilidad de los trabjadores a su puesto de trabajao, con mayor participación de los medios más eficientes de transporte.
Estudios para realizar Plan de Transporte a una empresa o centro de actividad industria, centros educativos o sanitarios, etc…
Beneficiarios: corporaciones locales, otras administraciones, empresas de más de 200 trabajadores, o bien la suma de ellas en un mismo emplazamiento.
MEDIDA 3. GESTIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE POR CARRETERA
Mejorar la gestiónd e las flotas de transporte para conseguir reducir los consumos de energía por viajero o tonelada transportada.
MEDIDA 4. RENOVACIÓND EL PARQUE AUTOMOVILÍSTICO DE VEHÍCULOS
Modernización del parque de turismos y vehículos comerciales de menos de 3500 kg de MMA.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
MEDIDA 5. RENOVACIÓN DE FLOTAS DE TRANSPORTE
Modernización del parque de vehículos industriales relacionados con el transporte en carretera y del material móvil vinculado a tareas de transporte…
SECTOR EDIFICACIÓN
MEDIDA 1. REHABILITACIÓN ENERGÉTICA DE LA ENVOLVENTE TÉRMICA DE LOS EDIFICIOS EXISTENTES.
Reducir la demanda energética en calefacción y refrigeración de los edificios existentes mediante la rehabilitación energética.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
MEDIDA 2. MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES TÉRMICAS DE LOS EDIFICIOS EXISTENTES.
Reducir el consumo de energía de las instalaciones térmicas de calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria de los edificios existentes.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
MEDIDA 3. MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES DE ILUMINACIÓN EN LOS EDIFICIOS EXISTENTES.
Reducir EL CONSUMO DE energía de las instalaciones de iluminación interior existentes.
Beneficiarios: personas físicas o jurídicas de naturaleza pública o privada.
SECTOR SERVICIOS PÚBLICOS
MEDIDA 1. RENOVACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR EXISTENTES.
MEDIDA 2. ESTUDIOS, ANÁLISIS DE VIABILIDAD Y AUDITORÍAS EN INSTALACIONES DE ALUMBRADO PÚBLICO EXTERIOR EXISTENTES.
MEDIDA 3. MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE LAS INSTALACIONES ACTUALES DE POTABILIZACIÓN, ABASTECIMIENTO, DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES Y DESALACIÓN.
SECTOR AGRICULTURA Y PESCA
MEDIDA 1. IMPULSO PARA LA MIGRACIÓN DE SISTEMAS DE RIEGO POR ASPERSIÓN O GRAVEDAD A SISTEMAS DE RIEGO LOCALIZADO.
MEDIDA 2. REALIZACIÓN DE AUDITORÍAS ENERGÉTICAS Y PLANES DE ACTUACIÓN DE MEJORAS EN EXPLOTACIONES AGRARIAS.
SECTOR TRANSFORMACIÓN DE LA ENERGÍA
MEDIDA 1. ESTUDIOS DE VIABILIDAD PARA COGENERACIONES
MEDIDA 2. AUDITORÍAS ENERGÉTICAS EN COGENERACIÓN.
MEDIDA 3. DESARROLLO POTENCIAL COGENERACIÓN. AYUDAS PÚBLICAS COGENERACIONES NO INDUSTRIALES.
MEDIDA 4. FOMENTO DE PLANTAS DE COGENERACIÓN DE PEQUEÑA POTENCIA.
PROGRAMA DE FOMENTO DE ENERGÍAS RENOVABLES:
- ÁREA BIOMASA TÉRMICA
- ÁREA SOLAR TÉRMICA DE BAJA TEMPERATURA
- ÁREA SOLAR FOTOVOLTAICA O MIXTA EÓLICA-FOTOVOLTAICA AISLADA
- PEQUAÑAS INSTALACIONES PARA OBTENCIÓN Y APROVECHAMIENTO DE BIOGÁS
- ÁREA EQUIPOS DE TRATAMIENTO EN CAMPO DE BIOMASA
- SURTIDORES PARA BIOCARBURANTES
- GEOTERMIA
AYUDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA INCORPORACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN AL SECTOR COMERCIAL
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/BOAE/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=456324945757
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA INCORPORACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN AL SECTOR COMERCIAL
OBJETO
Impulso de la competitivad y la calidad del comercio aragonés, en desarrollo de los programas de dinamización del comercio urbano, de innovación, nuevas tecnologías y comercio electrónico
BENEFICIARIOS
Podrán acceder:
- entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios que propongan actuaciones para la incorporación de las tecnologías de la información al sector comercial aragonés.
ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Las entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios, podrán acogerse inversiones relativas a proyectos de utilización de nuevas tecnologías tales como aplicaciones informáticas y páginas web.
REQUISITOS
Que los justificantes de pago correspondientes a las inversiones o actuaciones estén comprendideos en el periodo entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010.
CUANTÍA
En el caso de entidades sin ánimo de lucro las ayudas podrían alcanzar hasta un máximo del 100%.
DOCUMENTACIÓN:
Según modelo anexo V, además de la siguiente documentación:
- descripción de las actuaciones que forman parte del proyecto para el que se solicita la ayuda, con los presupuestos o facturas que hagan referencia a las actuaciones objeto de subvención.
- Memoria que incluya la enumeración de los comercios e instituciones que participan en el proyecto conjunto.
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA INCORPORACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN AL SECTOR COMERCIAL
OBJETO
Impulso de la competitivad y la calidad del comercio aragonés, en desarrollo de los programas de dinamización del comercio urbano, de innovación, nuevas tecnologías y comercio electrónico
BENEFICIARIOS
Podrán acceder:
- entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios que propongan actuaciones para la incorporación de las tecnologías de la información al sector comercial aragonés.
ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Las entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios, podrán acogerse inversiones relativas a proyectos de utilización de nuevas tecnologías tales como aplicaciones informáticas y páginas web.
REQUISITOS
Que los justificantes de pago correspondientes a las inversiones o actuaciones estén comprendideos en el periodo entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010.
CUANTÍA
En el caso de entidades sin ánimo de lucro las ayudas podrían alcanzar hasta un máximo del 100%.
DOCUMENTACIÓN:
Según modelo anexo V, además de la siguiente documentación:
- descripción de las actuaciones que forman parte del proyecto para el que se solicita la ayuda, con los presupuestos o facturas que hagan referencia a las actuaciones objeto de subvención.
- Memoria que incluya la enumeración de los comercios e instituciones que participan en el proyecto conjunto.
AYUDAS PARA EL SECTOR ARTESANO
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/BOAE/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=456324945757
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS PARA EL SECTOR ARTESANO
OBJETO
Financiar la reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía
BENEFICIARIOS
Titulares de empresas artesanas ubicadas en el territorio de Aragón cuya actividad esté incluida en el repertorio de oficios artesanos (salvo servicios y bienes de consumo y artesanía alimentaria – subsectores 12 y 14)
ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Inversiones en activos fijos: obras de acondicionamiento local, almacén o local comercial, maquinaria destinada al proceso artesanal (máximo 45.000 euros de inversión subvencionable), utillaje y equipamiento en general, medios informáticos e introducción de nuevas tecnologías. Quedan excluidas las obras en viviendas, vehículos de turismo y transporte, adquisición de terrenos, locales y naves o el precio del alquiler de los mismos. Se excluyen obras y equipamientos de locales comerciales no vinculados directamente al taller artesano y a la venta de la producción del mismo.
Los gastos corrientes siguientes: promoción y publicidad, diseño y edición de catálogos de producto; la participación en ferias; cursos de perfeccionamiento y ampliación de estudios e investigación en técnicas artesanas; aplicación de técnicas, procesos o planes de diseño a la fabricación y comercialización de producto artesano.
Nuevos profesionales artesanos dados de alta en la SSSS durante el año 2009 y .2010.
REQUISITOS Y CRITERIOS EVALUACIÓN
- estar en posesión del documento de Calificación Artesanal que concede el gobierno de Aragón
- Para los cursos será preciso que el currículum o la experiencia del interesado estén en relación con los estudios o investigación que pretenda realizar.
- Para la aplicación de técnicas deberá aportarse justificación.
- Que los justificantes de pago estén entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010.
En la concesión se tendrán en cuenta:
- que la ubicación de la inversión favorezca el reequilibrio territorial de Aragón
- los nuevos puestos de trabajo generados en los ejercicios 2007-2008
- el esfuerzo inversor o promocional realizado por el profesional
- la introducción de procedimientos que mejoren la competitividad
- el establecimiento de sinergias entre distintas actividades y comercialización
- la innovación
- la implantación de dicha innovación en el resto de Aragón
- el grado de ejecución de subvenciones otorgadas y aceptada en los ejercicios 2009-2009
CUANTÍA
No podrá exceder del 50% de la inversión realizada. En caso de nuevos profesionales se podrá subvencionar 210 euros como máximo por cada mes de actividad artesana.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Modelo anexo 5 y la siguiente documentación:
- memoria valorada o proyecto donde se describan objetivos, incluyendo presupuesto o factura pro forma.
- Detalle de ingresos y gastos ocasionados por la actividad.
- Copia del documento de calificación artesanal.
- Puestos de trabajo en el ejercicio 2007 y 2008 especificando el número que corresponda a hombres y mujeres.
- Para la formación, currículum del interesado y memoria del curso, estudios…
- Título que acredite la propiedad del inmueble donde se realice la inversión.
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS PARA EL SECTOR ARTESANO
OBJETO
Financiar la reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía
BENEFICIARIOS
Titulares de empresas artesanas ubicadas en el territorio de Aragón cuya actividad esté incluida en el repertorio de oficios artesanos (salvo servicios y bienes de consumo y artesanía alimentaria – subsectores 12 y 14)
ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN
Inversiones en activos fijos: obras de acondicionamiento local, almacén o local comercial, maquinaria destinada al proceso artesanal (máximo 45.000 euros de inversión subvencionable), utillaje y equipamiento en general, medios informáticos e introducción de nuevas tecnologías. Quedan excluidas las obras en viviendas, vehículos de turismo y transporte, adquisición de terrenos, locales y naves o el precio del alquiler de los mismos. Se excluyen obras y equipamientos de locales comerciales no vinculados directamente al taller artesano y a la venta de la producción del mismo.
Los gastos corrientes siguientes: promoción y publicidad, diseño y edición de catálogos de producto; la participación en ferias; cursos de perfeccionamiento y ampliación de estudios e investigación en técnicas artesanas; aplicación de técnicas, procesos o planes de diseño a la fabricación y comercialización de producto artesano.
Nuevos profesionales artesanos dados de alta en la SSSS durante el año 2009 y .2010.
REQUISITOS Y CRITERIOS EVALUACIÓN
- estar en posesión del documento de Calificación Artesanal que concede el gobierno de Aragón
- Para los cursos será preciso que el currículum o la experiencia del interesado estén en relación con los estudios o investigación que pretenda realizar.
- Para la aplicación de técnicas deberá aportarse justificación.
- Que los justificantes de pago estén entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010.
En la concesión se tendrán en cuenta:
- que la ubicación de la inversión favorezca el reequilibrio territorial de Aragón
- los nuevos puestos de trabajo generados en los ejercicios 2007-2008
- el esfuerzo inversor o promocional realizado por el profesional
- la introducción de procedimientos que mejoren la competitividad
- el establecimiento de sinergias entre distintas actividades y comercialización
- la innovación
- la implantación de dicha innovación en el resto de Aragón
- el grado de ejecución de subvenciones otorgadas y aceptada en los ejercicios 2009-2009
CUANTÍA
No podrá exceder del 50% de la inversión realizada. En caso de nuevos profesionales se podrá subvencionar 210 euros como máximo por cada mes de actividad artesana.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Modelo anexo 5 y la siguiente documentación:
- memoria valorada o proyecto donde se describan objetivos, incluyendo presupuesto o factura pro forma.
- Detalle de ingresos y gastos ocasionados por la actividad.
- Copia del documento de calificación artesanal.
- Puestos de trabajo en el ejercicio 2007 y 2008 especificando el número que corresponda a hombres y mujeres.
- Para la formación, currículum del interesado y memoria del curso, estudios…
- Título que acredite la propiedad del inmueble donde se realice la inversión.
Ayudas Comerciantes
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/BOAE/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=456324945757
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS A LAS EMPRESAS PARA EL IMPULSO DE LA COMPETITIVIDAD Y LA CALIDAD DEL COMERCIO
OBJETO
Impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés.
BENEFICIARIOS
Las PYMEs, comerciales minoristas, que estén inscritas, en el momento de realizar su solicitud, en el Registro General de empresarios de comercio y establecimientos mercantiles de Aragón
Las PYMEs de nueva creación
Quedan excluidas las que pertenecen a grandes empresas de distribución así como los establecimientos situados en centros o parques comerciales que cuenten con algún establecimiento en gran superficie.
REQUISITOS
Será requisito:
- que tanto el solicitante como el establecimiento estén inscritos en el registro de empresarios y establecimientos comerciales excepto cuando se trate de nuevos establecimientos.
- Que los justificantes de pago estén comprendidos entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010.
CUANTÍA
Las ayudas consistirán en subvención a fondo perdido cuya cuantía máxima podrá ser del 30% de inversión presupuestado excepto en Nuevas Tecnologías, hasta un 50%
Se podrá disminuir cuando se hayan justificado inversiones inferiores al 50%.
Estas ayudas son susceptibles de ser cofinanciadas por el Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Además de los anexos: relación de las actuaciones para las que solicita ayuda, con presupuesto o facturas que se dispongan.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
POR ORDEN DE PRIORIDAD:
Inversiones en Tecnologías de la información:
- Adquisición , instalación y montaje de equipos informáticos y tecnológicos específicos para la gestión empresarial, incluida la inversión en terminales de punto de venta, balanzas electrónicas y similares.
- Inversiones en nuevas tecnologías: aplicaciones informáticas y desarrollo de comercio electrónico
Inversiones y asesoría externa para planes de empresa, diseño e imagen comercial.
Reformas y equipamiento de locales comerciales:
- La realización de obras o reformas del local comercial para su modernización, ampliación o acondicionamiento.
- La adquisición de equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como para garantizar la seguridad de los establecimientos.
En el caso de que en un mismo establecimiento se realice más de una actividad económica, la zona dedicada exclusivamente a tienda debe poderse identificar visualmente de manera clara y precisa o hallarse separada de las áreas del local dedicadas a otras actividades (bar, restaurante, peluquería…) por tabiques, biombos, estanterías o similar.
CLASIFICACIÓN DE PROYECTOS Y CUANTÍAS MÍNIMAS DE INVERSIÓN
PROYECTO RURAL: cualquiera de las actuaciones subvencionables que se realicen en un establecimiento de un municipio hasta 2000 habitantes.
- La inversión mínima en reformas y equipamiento en 6000 euros
- La inversión mínima en tecnologías de la información, en 1000 euros
- La inversión mínima en planes de empresa en 1000 euros.
PROYECTO URBANO: actuacione sen un establecimiento de un municipio de más de 2000 habitantes.
- La inversión mínima en reformas y equipamiento en 30000 euros
- La inversión mínima en tecnologías de la información, en 1000 euros
- La inversión mínima en planes de empresa en 1000 euros.
ACTUACIONES NO SUBVENCIONABLES EN NINGÚN TIPO DE PROYECTO:
- la compra de locales o las opciones de compra
- el pago de los derechos de traspaso
- adquisiciones de terreno y derechos reales
- edificación de locales
- vehículos excepto la adaptación de frigoríficos
- alquileres
- impuestos y tasas
- los bienes usados
- las compras de mercancías objeto de la comercialización, por ejemplo el mobiliario de exposición y venta.
- Los gastos de reparación, sustitución y mantenimiento
- No se podrán subvencionar inversiones cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse autofacturación.
Quedan excluidas las actividades con regulación específica, como estancos, farmacias, etc…
CUANTÍA:
De hasta el 30 % de la inversión subvencionable excepto en los conceptos de inversiones en nuevas tecnologías en los que se podrá alcanzar el 50%
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS A LAS EMPRESAS PARA EL IMPULSO DE LA COMPETITIVIDAD Y LA CALIDAD DEL COMERCIO
OBJETO
Impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés.
BENEFICIARIOS
Las PYMEs, comerciales minoristas, que estén inscritas, en el momento de realizar su solicitud, en el Registro General de empresarios de comercio y establecimientos mercantiles de Aragón
Las PYMEs de nueva creación
Quedan excluidas las que pertenecen a grandes empresas de distribución así como los establecimientos situados en centros o parques comerciales que cuenten con algún establecimiento en gran superficie.
REQUISITOS
Será requisito:
- que tanto el solicitante como el establecimiento estén inscritos en el registro de empresarios y establecimientos comerciales excepto cuando se trate de nuevos establecimientos.
- Que los justificantes de pago estén comprendidos entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010.
CUANTÍA
Las ayudas consistirán en subvención a fondo perdido cuya cuantía máxima podrá ser del 30% de inversión presupuestado excepto en Nuevas Tecnologías, hasta un 50%
Se podrá disminuir cuando se hayan justificado inversiones inferiores al 50%.
Estas ayudas son susceptibles de ser cofinanciadas por el Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Además de los anexos: relación de las actuaciones para las que solicita ayuda, con presupuesto o facturas que se dispongan.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
POR ORDEN DE PRIORIDAD:
Inversiones en Tecnologías de la información:
- Adquisición , instalación y montaje de equipos informáticos y tecnológicos específicos para la gestión empresarial, incluida la inversión en terminales de punto de venta, balanzas electrónicas y similares.
- Inversiones en nuevas tecnologías: aplicaciones informáticas y desarrollo de comercio electrónico
Inversiones y asesoría externa para planes de empresa, diseño e imagen comercial.
Reformas y equipamiento de locales comerciales:
- La realización de obras o reformas del local comercial para su modernización, ampliación o acondicionamiento.
- La adquisición de equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como para garantizar la seguridad de los establecimientos.
En el caso de que en un mismo establecimiento se realice más de una actividad económica, la zona dedicada exclusivamente a tienda debe poderse identificar visualmente de manera clara y precisa o hallarse separada de las áreas del local dedicadas a otras actividades (bar, restaurante, peluquería…) por tabiques, biombos, estanterías o similar.
CLASIFICACIÓN DE PROYECTOS Y CUANTÍAS MÍNIMAS DE INVERSIÓN
PROYECTO RURAL: cualquiera de las actuaciones subvencionables que se realicen en un establecimiento de un municipio hasta 2000 habitantes.
- La inversión mínima en reformas y equipamiento en 6000 euros
- La inversión mínima en tecnologías de la información, en 1000 euros
- La inversión mínima en planes de empresa en 1000 euros.
PROYECTO URBANO: actuacione sen un establecimiento de un municipio de más de 2000 habitantes.
- La inversión mínima en reformas y equipamiento en 30000 euros
- La inversión mínima en tecnologías de la información, en 1000 euros
- La inversión mínima en planes de empresa en 1000 euros.
ACTUACIONES NO SUBVENCIONABLES EN NINGÚN TIPO DE PROYECTO:
- la compra de locales o las opciones de compra
- el pago de los derechos de traspaso
- adquisiciones de terreno y derechos reales
- edificación de locales
- vehículos excepto la adaptación de frigoríficos
- alquileres
- impuestos y tasas
- los bienes usados
- las compras de mercancías objeto de la comercialización, por ejemplo el mobiliario de exposición y venta.
- Los gastos de reparación, sustitución y mantenimiento
- No se podrán subvencionar inversiones cuando el vendedor de los activos o prestador de la actividad fuera el adquiriente o se diera un supuesto análogo del que pudiera derivarse autofacturación.
Quedan excluidas las actividades con regulación específica, como estancos, farmacias, etc…
CUANTÍA:
De hasta el 30 % de la inversión subvencionable excepto en los conceptos de inversiones en nuevas tecnologías en los que se podrá alcanzar el 50%
Ayudas Asociaciones de Comerciantes sin ánimo de lucro
http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/BOAE/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=456324945757
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN COMERCIAL
OBJETO
Impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés.
BENEFICIARIOS
- entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios que propongan actuaciones para el fomento del sector comercial aragonés.
ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN:
Podrán solicitar ayuda para gastos corrientes relativos a actuaciones de dinamización y promoción comercial. El gasto máximo subvencionable se establece en 45.000 euros.
LAS ACTUACIONES SUBVENCIONABLES SE CLASIFICAN EN:
Actividades de publicidad, dinamización urbana, formación y jornadas:
- Publicidad en radio, televisión, prensa e internet realizada por la asociación o relativa a las actividades que promueve.
- Cartelería y folletos
- Diseño de los carteles y folletos.
- Gastos de imprenta
- Diseño de las revistas y boletines.
- Gastos de distribución
- Mercadillos u otras acciones en la vía urbana o recintos específicos
- Alquiler de infraestructura (stands, carpas, etc…)
- Dinamización del comercio a través de actividades en las calles.
- Conferencias, talleres, seminarios y otras acciones formativas de temas relacionados con la actividad comercial.
- Gastos de organización
- Gastos del ponente, excluida manutención, alojamiento y locomoción.
- Otros gastos necesarios para la ejecución de este tipo de actividades.
Tarjetas de pago o sistemas de fidelización de clientes.
- publicidad en medios de comunicación específica de la acción
- Cartelería y folletos relativos a la tarjeta.
- Soporte físico de la tarjeta
- Gastos de imprenta
- Cursos de formación
- Jornadas de formación
- Conferencias
- Actuaciones y diseño de materiales de promoción que sean necesarios.
- Actuaciones tecnológicas previstas
- Utilización de herramientas CRM
- Colaboración con entidades financieras necesarias para implantar la tarjeta de fidelización.
Contratación laboral de un dinamizador o gerente comercial
- la ayuda de este apartado comprenderá: salario bruto, pagas extraordinarias, y la cuota de la SSSS a cargo de la entidad.
- La obtención de ayuda para esta actuación está condicionada a la obtención de ayuda para actividades de publicidad, de dinamización urbana, formación y jornadas o para tarjetas de pago o sistemas de fidelización.
NO SERÁN OBJETO DE SUBVENCIÓN:
- la compra de locales o las opciones de compra
- el pago de los derechos de traspaso
- adquisiciones de terreno y derechos reales
- edificación de locales
- pago de impuestos excepto IVA en aquellas exentas.
- Gastos corrientes de estructura de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
- Alquileres
- Estudios
- Acciones de urbanismo comercial
- Adquisición de equipamiento
- Programas de calidad y de excelencia comercial.
REQUISITOS Y EVALUACIÓN:
- que los justificantes estén comprendidos entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010, con independencia de que el gasto se haya realizado en fecha anterior al 16 de octubre de 2009.
CUANTÍA
En el caso de entidades sin ánimo de lucro las ayudas podrán alcanzar un máximo de 100% y hasta un 50% de la contratación del gerente o dinamizador comercial.
Estas ayudas son susceptibles de ser cofinanciadas por el Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio, promovido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Además del ANEXO 2:
- descripción de las actuaciones que forman parte del proyecto para el que se solicita la ayuda, con los presupuestos o facturas que hagan referencia a las actuaciones objeto de subvención.
- Las entidades sin ánimo de lucro que promuevan acciones coordinadas, presentarán además una memoria en la que incluya la enumeración de comercios e instituciones que participan en el proyecto conjunto, con indicación o copia de las solicitudes individuales de ayuda que se acogen a la presente convocatoria.
NORMAS GENERALES RELATIVAS A LA TRAMITACIÓN DE LAS AYUDAS, COMUNES A TODAS LAS SOLICITUDES
OBJETO
- actividades dirigidas al impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés
- la reforma, ampliación o mejora de instalaciones feriales, así como organización y promoción de certámenes comerciales y ferias.
- La reforma, ampliación o mejora de talleres artesanos, así como la promoción y divulgación de la artesanía.
SOLICITUDES
Con la solicitud deberá acompañarse:
- documentos acreditativos de la identificación fiscal (DNI , NIF)
- en caso de que el solicitante sea una persona jurídica, se aportarán los documentos justificativos de su constitución y de su inscripción en el registro.
- Cuando el solicitante actúe por medio de representante, deberán aportarse los documentos que acrediten el poder de representación.
- Declaración jurada del solicitantes según modelo.
- Ficha de terceros según modelo
- Cualquier otro documento que se estime necesario.
PLAZO DE PRESENTACIÓN
El 15 de enero para las PYMES y artesanos
El 28 de Enero de 2010 para las asociaciones sin ánimo de lucro, para realización de actuaciones de promoción y dinamización
El 21 de Diciembre de 2009 para entidades sin ánimo de lucro para incorporación de tecnologías de la información
RESOLUCIÓN DE LAS AYUDAS
La Consejería de Industria, comercio y turismo. Las solicitudes de ayuda se resolverán en el plazo de seis meses. Si no se ha notificado resolución en dicho plazo se entenderá desestimada.
OBLIGACIONES GENERALES:
- cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto y la actuación de la subvención.
- Comunicar cualquier eventualidad sobrevenida
- Admitir las medidas de evaluación
- Devolver el importe si no se actúa con lo previsto.
- Justificar la realidad de los gastos o inversiones
- Cumplir los compromisos de creación y mantenimiento del empleo en su caso.
- Conservar los documentos justificativos
- Comunicar cualquier otra ayuda, subvención, ingresos, etc…
- Hallarse al corriente con SSSS y Agencia Tributaria
- Adoptar las medidas para dar publicidad del carácter público de la financiación
- La empresa deberá destinar los bienes subvencionados al fin concreto al menos durante 2 años en el caso de que sean inscribibles en registro público y durante 5 en caso contrario
- Cualesquiera otras obligaciones.
JUSTIFICACIÓN Y PAGO
El plazo de la entrega de documentación estará comprendido entre el día siguiente al de la recepción de la orden de concesión de la ayuda y el 16 de octubre de 2010.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere la cuantía de 30000 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 12000 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado número de entidades suficientes que suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.
Le elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
Excepcionalmente se podrá acordar la concesión de una prórroga para la ejecución.
AYUDAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE PROMOCIÓN Y DINAMIZACIÓN COMERCIAL
OBJETO
Impulso de la competitividad y la calidad del comercio aragonés.
BENEFICIARIOS
- entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios que propongan actuaciones para el fomento del sector comercial aragonés.
ACTUACIONES OBJETO DE SUBVENCIÓN:
Podrán solicitar ayuda para gastos corrientes relativos a actuaciones de dinamización y promoción comercial. El gasto máximo subvencionable se establece en 45.000 euros.
LAS ACTUACIONES SUBVENCIONABLES SE CLASIFICAN EN:
Actividades de publicidad, dinamización urbana, formación y jornadas:
- Publicidad en radio, televisión, prensa e internet realizada por la asociación o relativa a las actividades que promueve.
- Cartelería y folletos
- Diseño de los carteles y folletos.
- Gastos de imprenta
- Diseño de las revistas y boletines.
- Gastos de distribución
- Mercadillos u otras acciones en la vía urbana o recintos específicos
- Alquiler de infraestructura (stands, carpas, etc…)
- Dinamización del comercio a través de actividades en las calles.
- Conferencias, talleres, seminarios y otras acciones formativas de temas relacionados con la actividad comercial.
- Gastos de organización
- Gastos del ponente, excluida manutención, alojamiento y locomoción.
- Otros gastos necesarios para la ejecución de este tipo de actividades.
Tarjetas de pago o sistemas de fidelización de clientes.
- publicidad en medios de comunicación específica de la acción
- Cartelería y folletos relativos a la tarjeta.
- Soporte físico de la tarjeta
- Gastos de imprenta
- Cursos de formación
- Jornadas de formación
- Conferencias
- Actuaciones y diseño de materiales de promoción que sean necesarios.
- Actuaciones tecnológicas previstas
- Utilización de herramientas CRM
- Colaboración con entidades financieras necesarias para implantar la tarjeta de fidelización.
Contratación laboral de un dinamizador o gerente comercial
- la ayuda de este apartado comprenderá: salario bruto, pagas extraordinarias, y la cuota de la SSSS a cargo de la entidad.
- La obtención de ayuda para esta actuación está condicionada a la obtención de ayuda para actividades de publicidad, de dinamización urbana, formación y jornadas o para tarjetas de pago o sistemas de fidelización.
NO SERÁN OBJETO DE SUBVENCIÓN:
- la compra de locales o las opciones de compra
- el pago de los derechos de traspaso
- adquisiciones de terreno y derechos reales
- edificación de locales
- pago de impuestos excepto IVA en aquellas exentas.
- Gastos corrientes de estructura de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro
- Alquileres
- Estudios
- Acciones de urbanismo comercial
- Adquisición de equipamiento
- Programas de calidad y de excelencia comercial.
REQUISITOS Y EVALUACIÓN:
- que los justificantes estén comprendidos entre el 16 de octubre de 2009 y el 15 de octubre de 2010, con independencia de que el gasto se haya realizado en fecha anterior al 16 de octubre de 2009.
CUANTÍA
En el caso de entidades sin ánimo de lucro las ayudas podrán alcanzar un máximo de 100% y hasta un 50% de la contratación del gerente o dinamizador comercial.
Estas ayudas son susceptibles de ser cofinanciadas por el Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio, promovido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Además del ANEXO 2:
- descripción de las actuaciones que forman parte del proyecto para el que se solicita la ayuda, con los presupuestos o facturas que hagan referencia a las actuaciones objeto de subvención.
- Las entidades sin ánimo de lucro que promuevan acciones coordinadas, presentarán además una memoria en la que incluya la enumeración de comercios e instituciones que participan en el proyecto conjunto, con indicación o copia de las solicitudes individuales de ayuda que se acogen a la presente convocatoria.
viernes, 13 de noviembre de 2009
Curso Cuidados a la Infancia / Comarca del Matarraña
Del 23 de Noviembre al 15 de Diciembre
Duración 60 horas
De lunes a viernes en horario de 15.30h a 19.30 en el IES Matarraña de Valderrobres.
Dirigido preferentemente a jóvenes de 16 a 35 años en situación de desempleo.
Más información en:
Dpto. Juventud / Comarca del Matarraña (978 85 06 77)
http://www.portalmatarranya.es
Duración 60 horas
De lunes a viernes en horario de 15.30h a 19.30 en el IES Matarraña de Valderrobres.
Dirigido preferentemente a jóvenes de 16 a 35 años en situación de desempleo.
Más información en:
Dpto. Juventud / Comarca del Matarraña (978 85 06 77)
http://www.portalmatarranya.es
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